UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA
ESCUELA UNIVERSITARIA DE BIBLIOTECOLOGÍA Y CIENCIAS AFINES
“ING. FEDERICO E.
CAPURRO”
BOLSA DE TRABAJO
REGLAMENTO
CAPÍTULO I
OBJETIVOS
Art. 1 – Objetivos Generales
Art. 2 – Objetivos específicos
CAPÍTULO II
ADMINISTRACIÓN DE LA
BOLSA DE TRABAJO
Art. 3 – La Bolsa de Trabajo estará a cargo de dos Comisiones, una por Bibliotecología y otra por Archivología.
Art.4 – Integración: Las Comisiones estarán integradas por un delegado titular por cada uno de los órdenes y sus correspondientes suplentes, elegidos por las Salas respectivas y designados por la Comisión Directiva.
Art. 5 – Período de actuación: Será de un año con opción a ser reelectos por un año más.
Art. 6 – Responsabilidad: La Comisión deberá:
OBSERVACIÓN: La Comisión tendrá discrecionalidad para decidir en situaciones no contempladas en el presente Reglamento.
Art. 7 – Aspirantes: Tendrán derecho a inscribirse en la Bolsa de Trabajo todos los estudiantes y egresados de la EUBCA.
A los estudiantes se les exigirá un promedio mínimo de escolaridad de 5 puntos y a los egresados el título habilitante.
Art. 8 – Estructura: Para
el cumplimiento de sus Objetivos, la Bolsa de Trabajo estará subdividida en 6
Registros:
ARCHIVOLOGÍA BIBLIOTECOLOGÍA
ESTUDIANTES –
EGRESADOS ESTUDIANTES – EGRESADOS
SOLICITANTES
ARCHIVOLOGÍA –
BIBLIOTECOLOGÍA
CAPÍTULO III
INSCRIPCIÓN
Art.9 – Los aspirantes (estudiantes y egresados) deberán hacer la inscripción en la EUBCA a través de los formularios diseñados a tales efectos. Tendrán la responsabilidad de actualizar periódicamente la información brindada en los formularios.
Los estudiantes deberán llenar además una Declaración Jurada sobre ingresos.
Los solicitantes
(instituciones, empresas, etc.) deberán completar el formulario
correspondiente.
CAPÍTULO III
PAUTAS PARA LA
SELECCIÓN
Art. 10 – La Comisión estudiará el perfil requerido por la institución solicitante para:
BIBLIOTECOLOGÍA
Estudiantes
Tareas: Auxiliar de inventario, préstamo, duplicación de fichas, preparación de material para el préstamo, catalogación de acuerdo con el programa de 1er año.
Tareas: Auxiliar de Catalogación y Clasificación de acuerdo con el programa de 2do año. Referencia.
Tareas: Procesos Técnicos, compilación bibliográfica, actividades técnicas relacionadas con servicios especializados y materiales especiales.
Observación: No se incluye planificación y organización de servicios.
Egresados
Tareas: No hay limitaciones.
ARCHIVOLOGÍA
Tareas: Auxiliar en ordenación, clasificación y descripción de Archivos Administrativos.
Tareas: Auxiliar en servicios de Archivos Administrativos e Históricos.
Tareas: Auxiliar en preparación de la documentación para microfilmación y automatización.
Observación: No se incluye planificación y organización de servicios.
Egresados
Tareas: No hay limitaciones.
Estudiantes
Para determinar la asignación de un puesto de trabajo primará el criterio de escolaridad, sin dejar de lado la necesidad.
Promedio de escolaridad: entre 5 – 6: 4 puntos
Promedio de necesidad:
De acuerdo a la Declaración Jurada la Comisión de Bolsa de Trabajo en consulta con el interesado, deberá indicar la situación económica del mismo dentro de las siguientes categorías:
muy buena: 2 puntos
buena: 4 puntos
regular: 6 puntos
mala: 8 puntos
muy mala: 10 puntos
Egresados
Promedio de necesidad:
Para los egresados el grado de necesidad se estimará en base a la situación ocupacional de los mismos; considerando para ello la Declaración Jurada y los siguientes niveles y puntajes:
empleado: 2 puntos
subempleado: 4 puntos
desempleado: 6 puntos, se sumará un punto cada 6 meses de antigüedad en el desempleo.
Antigüedad: La ponderación es la misma para las categorías de egresados y estudiantes. Se asignará 0.5 puntos cada 3 meses y a partir de la fecha de inscripción en la Bolsa de Trabajo.
Observación: En caso de acceder a un trabajo a término, se mantendrá la inscripción y antigüedad generada.
Empate
Para los estudiantes, en caso de empate: 1) en cada uno de los 3 ítems, primará la cantidad de materias aprobadas; 2) empate en los totales: a igual escolaridad primará la necesidad.
Para los egresados, en caso de empate en la suma de los 2 ítems, se considerarán los méritos presentados (escolaridad, trabajos publicados, cursos, congresos, etc.)
Experiencia: Se tendrá en cuenta sólo cuando el perfil del solicitante lo requiera.
Idiomas: Deberá ser considerado como elemento prioritario para la selección primaria de los aspirantes, cuando así lo exija el perfil del solicitante.
El conocimiento de idiomas deberá ser certificado.
Para los estudiantes se evaluará sólo en casos de empate en la suma de los 3 ítems.
Se establecerán los siguientes niveles: Básico
Medio
Avanzado
Completo
Art. 11 – Trabajos efectivos: Para la provisión de estos se procederá directamente a la implementación de un concurso de méritos y oposición, de acuerdo al Reglamento correspondiente; excepto en los casos en que el solicitante se reserve el derecho de selección.
Art. 12 – Puntaje
negativo: Se considerará un puntaje negativo de 2 puntos por cada trabajo
rechazado por el aspirante, sin la justificación debida.
CAPÍTULO V
APELACIONES
Art. 13 – El aspirante tendrá derecho a apelar ante la Comisión por considerar injusta su exclusión.
Dispondrá de un plazo de 10
días hábiles después de adjudicado el empleo. La Comisión atenderá la solicitud
y si la considera válida le adjudicará un puntaje extraordinario de 10 puntos a
tener en cuenta en un futuro.
Aprobado por la Comisión Directiva en Sesión Nº20 del 13.7.88
Aprobado por el CDC en Sesión Ordinaria de fecha 30.X.89 (Resp. No. 103) – Publicado en el Diario Oficial con fecha 21.XI.89